La Junta de Extremadura abrirá una nueva convocatoria del programa de ayudas al alquiler para personas afectadas por la crisis sanitaria, con un importe de 1,5 millones de euros, del que se estima que se podrán beneficiar más de 900 familias.

Este programa otorgará a los beneficiarios ayudas directas, durante un período máximo de seis meses, que servirán para sufragar el pago completo del alquiler con una cantidad máxima de 600 euros mensuales.

El objetivo fundamental de esta medida es minimizar el impacto económico y social que la pandemia está causando en personas arrendatarias de vivienda habitual y proteger así el derecho a la vivienda de las familias más afectadas por la crisis derivada de la COVID-19.

A partir de la declaración del estado de alarma en marzo del año pasado, se decidió aprobar un programa extraordinario de ayudas para hacer frente al pago de los alquileres de aquellas personas que vieron minorados sus ingresos por circunstancias sobrevenidas derivadas del impacto de la pandemia en la economía.

Tras la primera convocatoria de estas ayudas, en el año 2020, y al comprobar que la declaración del segundo estado de alarma, el pasado mes de octubre, ha mantenido un importante impacto sobre la actividad laboral y la recuperación económica, se ha estimado necesario realizar una nueva convocatoria de este programa, que será complementario de otros programas de vivienda en general y que cubrirá el período desde octubre de 2020 hasta junio de este año.

Esta convocatoria se sumará, por lo tanto, a la anterior puesta en marcha de abril a octubre por la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, de la que se beneficiaron más de 800 personas con una ayuda de media de 1.600 euros por solicitante, lo que supuso una ejecución de 1,3 millones de euros.

El nuevo programa de ayudas, que se llevará a cabo bajo el régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, iniciará su tramitación con carácter inmediato con su publicación en el portal de transparencia de la Junta de Extremadura.

REQUISITOS

Podrán beneficiarse de las ayudas de este programa las personas físicas que, en su condición de arrendatarios de vivienda habitual, cumplan cuatro requisitos. El primero es que, como consecuencia de la crisis provocada por la COVID-19, el inquilino de la vivienda haya pasado a estar en desempleo, sufrido un ERTE o, en el caso de que el arrendatario sea un empresario, que desarrolle una actividad cuya apertura al público haya quedado suspendida o que haya tenido una pérdida de ingresos del 40% en 2020 con respecto al año anterior debido a la reducción de la jornada de trabajo por motivo de cuidados u otras circunstancias.

El segundo requisito es que la unidad familiar no debe ingresar más de 1.613 euros brutos al mes (3 veces el IPREM); 2.151 euros (4 veces el IPREM) si la unidad familiar cuenta con un miembro con discapacidad igual o superior al 33%; o 2.689 euros (5 veces el IPREM), si en la unidad familiar hay una persona con discapacidad igual o superior al 65% o enfermedad grave. Estas cantidades se incrementarán por 0,1 por cada hijo o persona mayor de 65 años a su cargo y se añadirá 0,15 por cada hijo en unidad familiar monoparental.

Como tercer requisito la renta del alquiler (incluyendo los gastos y suministros básicos) debe ser igual o superior al 35% de los ingresos totales de la unidad familiar. Y, por último, el beneficiario de la ayuda no debe ser titular de ninguna vivienda.